Las empresas que realicen llamadas insistentes para ofrecer tarjetas de crédito, seguros, préstamos u otros productos sin autorización de los consumidores podrían enfrentar multas millonarias en México.
El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para prohibir y sancionar las llamadas telefónicas y otros contactos comerciales o publicitarios realizados de manera reiterada y persistente sin el consentimiento de las personas.
La modificación contempla multas de entre 56 mil 570 pesos y hasta 2 millones 345 mil 728 pesos para las empresas que incumplan con estas disposiciones. Las restricciones también abarcan otros medios de comunicación, como aplicaciones de mensajería y WhatsApp, cuando sean utilizados para realizar contactos comerciales no autorizados.
De acuerdo con el dictamen, México se encuentra entre los cinco países del mundo que reciben más llamadas no deseadas, con un promedio de entre 20 y 25 llamadas spam por usuario al mes.
Las autoridades señalaron que este tipo de comunicaciones no solamente representan una molestia para los consumidores, sino que también pueden incrementar la exposición a posibles fraudes y afectar la privacidad de las personas.
La reforma modifica el artículo 18 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor y establece mayores restricciones para proveedores y empresas que utilicen información de los consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios.
Además, las compañías no podrán evadir su responsabilidad al contratar a terceros para realizar campañas de publicidad. Tanto la empresa que ofrece el producto o servicio como quienes lleven a cabo las campañas podrían ser considerados responsables.
Actualmente existe el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), administrado por la Profeco, mediante el cual los consumidores pueden registrar sus números telefónicos para evitar recibir publicidad no deseada. Sin embargo, los legisladores consideraron que las sanciones actuales no han sido suficientes para frenar estas prácticas.
La minuta aprobada por el Senado fue enviada a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación. Si los diputados avalan la reforma en los mismos términos, posteriormente será enviada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su entrada en vigor.
De concretarse el proceso legislativo, las empresas enfrentarían sanciones mucho más elevadas por insistir en contactar a consumidores que no hayan autorizado recibir este tipo de publicidad.






